Visas
Para entrar a los Estados Unidos son necesarias visas temporales (no inmigrante) o permanentes (visas de inmigrante). Dependiendo del tipo de visa, el extranjero podrá trabajar, asistir a la escuela, obtener entrenamiento especializado, vacacionar, recibir tratamiento médico, o permanecer indefinidamente. Ciertas visas le permiten al extranjero cambiar o "ajustar su calidad migratoria" dentro de los Estados Unidos, como cuando el extranjero entró con una visa temporal y solicita la residencia permanente.
Visas de No Inmigrante
Las visas de no inmigrante se solicitan en el consulado americano del país natal del extranjero. Como son visas temporales, el extranjero necesita demostrar:
- Que cuenta con los medios económicos suficientes para mantenerse en los Estados Unidos
- Que tiene intención de regresar a su país natal
Existen muchos tipos de visas de no inmigrante, dependiendo del propósito del viaje. Por ejemplo, hay visas especiales para prometidos de ciudadanas americanas, para diplomáticos, turistas, gentes de negocios, compañeros, visitantes de intercambio, enfermeras registradas, músicos, atletas, actores y muchos más. Aunque estas visas son temporales, las personas que entraron con una visa H-1 o L-1 pueden pedir su residencia permanente si desean quedarse definitivamente en los Estados Unidos.
Visas de Inmigrante
Las Visas de Inmigrante ("micas") son para aquellos extranjeros que desean permanecer en los Estados Unidos. Las micas se pueden obtener por relaciones familiares, mediante su empleo, por asilo después de un año, y por la lotería de diversidad.
Para miembros de la familia inmediata de ciudadanos americanos siempre hay visas disponibles (cónyuge, padres e hijos menores de edad). Las personas que tienen que esperar que a haya visas son:
- Otros miembros de la familia del ciudadano americano (hermanos, hijos mayores de 21 años)
- Miembros de la familia inmediata de residentes permanentes (cónyuge, padres e hijos solteros)
- Persona que inmigran a través de su empleo
Requisitos de Admisión
El tiempo que es necesario esperar para conseguir visa depende del país donde haya nacido y del tipo de relación familiar o de visa de negocios (categoría de la preferencia). Una vez que hay una visa disponible, la persona debe demostrar que es admisible a los Estados Unidos mediante:
- Tener a alguien dispuesto a mantenerlos para que el extranjero no se convierta en carga pública
- Demostrar haber pasado un examen médico y haber recibido las vacunas requeridas
- Demostrar que no representan un riesgo de seguridad
- Probar que no han cometido un delito ni se han dedicado a conducta inmoral.
Entrada Prohibida
De acuerdo con las nuevas leyes de migración:
- Una persona que sale de los Estados Unidos después de haber estado aquí ilegalmente por más de 180 días le queda prohibida la entrada por tres años.
- Una persona que sale de los Estados Unidos después de haber estado aquí ilegalmente por más de un año, le queda prohibida la entrada por 10 años (existen dispensas a criterio de las autoridades en circunstancias especiales).
Desde Septiembre 30 de 1996 con la promulgación de la Ley de Reforma de Inmigración Ilegal y de Responsabilidad del Inmigrante de 1996, Ley Pública No. 104-208, 110 Stat. 3009 ("IRAIRA"), los derechos de extranjeros en los Estados Unidos se han restringido severamente cuando tienen antecedentes delictivos. Lo que solía antes ser un delito sin consecuencias migratorias, puede actualmente provocar que se inicie la deportación. Muchos residentes permanentes han sido afectados por estos cambios en las leyes de deportación, y el Departamento de Seguridad de la Patria (antes INS), está agresivamente buscando deportar a dicho extranjeros.
Estamos conscientes de estos cambios de enorme importancia y constantemente buscamos encontrar soluciones creativas para evitar la deportación o exclusión de nuestro cliente manteniéndonos en constante investigación de las nuevas leyes y reglamentos, así como de las nuevas jurisprudencias federales que afectan al inmigrante. Cuando es necesario, buscamos remedios posteriores a la condena para crear defensas afirmativas que prevengan la deportación / remoción de nuestro cliente o para lograr que nuestro cliente califique para dispensas concedidas a criterio de las autoridades.











